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Nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero de 2021

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El Gobierno aprueba una nueva prórroga de los ERTE por fuerza mayor hasta finales del mes de enero de 2021. Conoce las nuevas condiciones.

Si tu empresa se ha visto obligado a acogerse a un ERTE o te gustaría solicitar uno debido a las complicaciones que está ocasionando la crisis del coronavirus, te asesoramos para renovar o solicitar un nuevo expediente de empleo.

 

ERTE de fuerza mayor

Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes hasta el 30 de septiembre de 2020 se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de enero de 2021, según el Real Decreto-ley 30/2020 del 29 de septiembre.

Por otro lado, aumentarán las exoneraciones para las empresas que más se hayan visto afectadas por la pandemia. Entre ellas podemos destacar aquellas relacionadas con el sector hostelería, transporte y ocio. No obstante, la ley recoge un listado CNAE con las 42 actividades que podrán acogerse a dicha prestación.

Asimismo, también podrán beneficiarse de la reducción de las cuotas los negocios que formen parte de la cadena de valor o cuya labor dependa de forma indirecta de alguna de las actividades anteriores.

 

¿Qué tipo de ERTE pueden solicitar las empresas?

Además del ERTE por fuerza mayor, el Ejecutivo suma dos nuevas modalidades:

ERTE por impedimento. Dirigido a empresas que no puedan ejercer su actividad como consecuencia de las restricciones adoptadas a partir del 1 de octubre de 2020. El derecho a las exoneraciones en las aportaciones empresariales será de un 100 %, si la compañía cuenta con menos de 50 empleados, y del 90 % en caso de tener 50 o más.

ERTE por limitación. Disponible para empresas que vean limitada el ejercicio de su profesión en algunos centros de trabajo, sobre todo, en algunas zonas de España que hayan tomado ciertas medidas. Las exoneraciones, en este caso, funcionarán de forma escalonada:

  • Menos de 50 trabajadores: 100 % en octubre, del 90 % en noviembre, del 85 % en diciembre y del 80 % en enero.
  • 50 trabajadores o más: 90 %, 80 %, 75 % y 70 %, respectivamente.

 

¿Necesitas asesoramiento? Contáctanos y uno de nuestros asesores laborales en Sevilla resolverá todas tus dudas y te ayudará con todo lo que necesites de forma totalmente personalizada.

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